PIF

PERMISO INDIVIDUAL DE FORMACIÓN

¿QUÉ ES UN PIF?

Es un permiso que concede la empresa a sus trabajadores para asistir a cursos oficiales durante su jornada laboral. Es un derecho que tienen todos los trabajadores, y una oportunidad para todas las empresas. En el contexto actual, sólo sobreviven las empresas competitivas y que apuestan por el desarrollo personal y profesional de sus trabajadores.

VENTAJAS

  • Mejora de las habilidades y cualificaciones profesionales y personales de los trabajadores.
  • Estimula la motivación y aumenta la fidelidad a la empresa de los trabajadores.
  • Se retiene el talento en la empresa.
  • La empresa recibe de la Fundae el importe del salario más la cuota de la Seguridad Social empresarial, por todas aquellas horas de la jornada laboral que el/los trabajador/es asisten a cursos presenciales.
  • No es necesaria una cofinanciación o aportación privada por parte de la empresa como en el caso de la formación programada.

BENEFICIOS

Trabajadores

  • Todos los trabajadores asalariados que presten sus servicios en empresas que cotizan a la Seguridad Social en concepto de formación profesional.
  • Deben tener consentimiento previo de la empresa.

Empresas

  • Todas las empresas que tengan centros de trabajo en el territorio estatal, cualquiera que sea su tamaño y ubicación y coticen por formación profesional.
  • Estén al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social en el momento de aplicarse las bonificaciones.

REQUISITOS

  • Debe estar reconocida mediante:
    • Acreditación oficial: expedida por la Administración competente y publicada en el BOE.
    • Titulación oficial: expedida por las Administraciones educativas, con validez en todo el territorio estatal y publicadas en el BOE.
    • Títulos de Formación Profesional y Certificados de Profesionalidad
    • Acreditación de competencias para el ejercicio de una ocupación u oficio
  • Tener carácter técnico-profesional, o simplemente mejorar las habilidades personales del trabajador.
  • Debe ser PRESENCIAL y en HORARIO LABORAL, aunque también se permite bonificar las horas presenciales de cursos en modalidad MIXTA.
    Se deberá justificar este dato presentando el calendario y horario lectivo del curso así como el horario laboral del trabajador.
  • NO se podrán bonificar los permisos para acudir a exámenes.

HORAS DE UN PIF

No hay un número mínimo de horas para la solicitud de un PIF, pero sí existen unas limitaciones a tener en cuenta:

  • Cada trabajador dispone de hasta 200 horas al año de permiso para ausentarse de su jornada laboral y asistir a formación oficial.
  • Cada empresa tiene un límite máximo de horas que puede conceder al año por PIF. Esas horas máximas dependen de la plantilla media de tu empresa:

 

De 1 a 9 trabajadores 200 horas
De 10 a 49 trabajadores 400 horas
De 50 a 249 trabajadores 600 horas
De 250 a 499 trabajadores 800 horas
Más de 500 trabajadores 200 horas cada 500 trabajadores

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