Evita Sanciones Graves y Protege a tus Empleados. Te asistimos en la implantación del Plan de PRL de forma sencilla y eficiente.
Prevención de Riesgos Laborales (PRL): Asistencia Técnica y Cumplimiento Legal Garantizado sin Costes Desorbitados.
¿Tienes toda la documentación PRL al día o estás operando con riesgo de accidente y sanción de Inspección de Trabajo?
La Ley de Prevención de Riesgos Laborales (PRL) es ineludible. Desde el primer empleado, tienes la obligación de garantizar un entorno seguro y contar con un Plan de Prevención documentado y operativo.
El problema es doble:
La Mayor Amenaza: Ante un accidente laboral, la falta de documentación y protocolos te expone a una responsabilidad penal y civil directa como empresario.
Deja de asumir riesgos innecesarios. Te ofrecemos la asistencia técnica especializada que necesitas para asegurar la protección de tu equipo y el cumplimiento legal, a un coste eficiente.
Tu Asistencia PRL: Nuestro Servicio
Dejar de cumplir con la Ley por miedo al coste ya no es una opción. Con nuestro modelo de asistencia técnica especializada, obtienes toda la seguridad legal y la documentación obligatoria sin las tarifas desorbitadas.
| Nuestro Pilar | Lo Que Hacemos Por Ti | Tu Beneficio Inmediato |
| 1. Ahorro de Costes y Eficiencia Garantizada. | Te facilitamos la implantación de toda la documentación esencial de PRL sin que necesites contratar un Servicio de Prevención Ajeno (SPA) o un técnico interno a tiempo completo. | Máximo Ahorro: Cumplimiento legal del 100% con un coste fijo, justo y predecible, liberándote de las facturas elevadas e impredecibles. |
| 2. Asistencia en la Documentación Técnica Clave. | Nos enfocamos en la creación de los documentos que la Inspección de Trabajo exige: la Evaluación de Riesgos específica de tu actividad y el Plan de Prevención personalizado. | Velocidad y Precisión: Obtienes en tiempo récord la documentación técnica necesaria, elaborada por expertos, pero con una inversión mínima de tu tiempo. |
| 3. Tranquilidad ante Inspección de Trabajo. | Te asistimos para que todo el marco documental de tu negocio (Plan de Prevención, Plan de Emergencia, Protocolos) esté alineado con la normativa actual y listo para ser presentado. | Cero Riesgo Legal: Duermes tranquilo sabiendo que estás cumpliendo con tu deber de protección al trabajador y que evitas las multas de la Administración. |
¿Quién Puede Realizar la Autogestión de la PRL y Asumir los Riesgos?
La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales establece que el empresario puede asumir la gestión de la prevención bajo ciertas condiciones muy restrictivas. En la práctica, la mayoría de los establecimientos necesitan asistencia externa.
¿Puedes Asumir la Prevención Internamente?
Solo puedes optar por la autogestión si cumples simultáneamente los siguientes requisitos legales:
Si tu empresa no cumple estos tres puntos, estás obligado a recurrir a un servicio de prevención externo.
Su Plan de Formación Bonificada en Sólo 4 Pasos Simples:
La gestión de FUNDAE es compleja, pero tu experiencia con nosotros no tiene por qué serlo. Te contamos cómo en 4 simples pasos:
1. Análisis Inicial y Asistencia en la Recopilación de Datos
El primer paso es entender tu negocio para que la documentación sea precisa.
- Asistencia: Un técnico experto te guía en la recopilación de la información clave (descripción de puestos, maquinaria, materiales, instalaciones).
- Análisis: Estudiamos la actividad de tu establecimiento para identificar los riesgos iniciales y las obligaciones legales aplicables a tu sector.
2. Elaboración Técnica de la Documentación Clave
Esta es la fase crítica que exige rigor técnico, y nosotros nos encargamos de ella al completo.
- Asistencia en Elaboración: Creamos junto a ti la Evaluación de Riesgos específica para cada puesto de trabajo y el Plan de Prevención general de tu empresa, documentos obligatorios para la Inspección.
- Archivo: Obtendrás todos los documentos listos para su uso e implantación, sin errores ni plantillas genéricas.
3. Protocolos de Actuación y Formación Inicial
El Plan de PRL solo es válido si se aplica. Te asistimos para que sepas cómo usarlo.
- Asistencia en Protocolos: Nuestro personal técnico cualificado está a tu disposición para cualquier duda o consulta en tu autoimplantación.
Formación: Te proporcionamos la formación inicial básica necesaria para que tú y tus trabajadores conozcáis los riesgos y cómo actuar.
La Documentación Obligatoria Lista para la Inspección
Al contratar nuestra asistencia, te aseguras de disponer de la documentación técnica y legalmente exigida para cumplir con la Ley de PRL. Estos son los documentos clave que recibirás, específicos para tu establecimiento:
Nuestra asistencia te garantiza que esta documentación está técnicamente correcta y lista para ser presentada ante cualquier requerimiento de la Inspección de Trabajo.
¿Qué es la Vigilancia de la Salud y por qué es fundamental para tu negocio?
La Vigilancia de la Salud se refiere a los reconocimientos médicos específicos que el empresario debe ofrecer a sus trabajadores en función de los riesgos identificados en la Evaluación de Riesgos (el documento que te asistimos a elaborar).
Aunque la Vigilancia de la Salud es generalmente voluntaria para el trabajador, es una obligación para el empresario ofrecer estos exámenes, y en ciertos casos (riesgos especiales, nocturnidad), puede ser obligatoria para el trabajador. Es una parte legalmente ineludible de la Prevención de Riesgos Laborales.
Nuestra Asistencia para el Cumplimiento
La Vigilancia de la Salud debe ser realizada por un Servicio de Prevención Ajeno (SPA) en la especialidad sanitaria. Para facilitarte este cumplimiento:
Ofrecemos acuerdos de colaboración y referenciación con empresas especializadas en la Vigilancia de la Salud.
Te ayudamos a establecer el contacto con centros médicos homologados, asegurando que los reconocimientos que ofreces a tus trabajadores son los adecuados para los riesgos de tu puesto de trabajo.
Así, te garantizamos que cierras el círculo completo de la PRL: documentación legal, protocolos operativos y la parte sanitaria.
FAQs
Preguntas Frecuentes (FAQ) sobre el Plan de Prevención de Riesgos Laborales (PRL)
Disipa las dudas más habituales sobre la implantación de la PRL y la gestión de tu Plan.
1. ¿Es legal realizar la autoimplantación de riesgos laborales en mi establecimiento?
La ley lo permite solo si tu empresa cumple tres requisitos simultáneos: menos de 10 trabajadores, que la actividad no sea de alto riesgo (no esté en el Anexo I del Reglamento), y que el empresario tenga la formación necesaria.
Si tu actividad tiene riesgos significativos o si no tienes la cualificación técnica, la autogestión es legalmente arriesgada. Nuestro servicio te ofrece la asistencia técnica de expertos para la elaboración de los documentos clave (Evaluación de Riesgos), asegurando que el rigor legal esté cubierto sin necesidad de asumir el riesgo técnico tú mismo.
Infórmate sin compromiso.
2. ¿Un trabajador puede ser responsable de la Prevención de Riesgos Laborales de mi negocio?
Sí, pero con limitaciones. Puedes designar a uno o varios trabajadores para asumir las funciones de prevención (Recurso Preventivo), siempre que cumplan con la formación y cualificación adecuadas.
Sin embargo, las funciones de mayor complejidad técnica, como la Evaluación de Riesgos y la Vigilancia de la Salud, casi siempre deben ser asumidas por un Servicio de Prevención Ajeno (SPA) o un técnico especializado. Te asistimos para determinar si tu trabajador designado tiene la capacidad legal para las funciones requeridas.
3. ¿Caduca la Prevención de Riesgos Laborales de mi negocio?
La documentación de PRL no tiene una fecha de caducidad fija, pero debe revisarse y actualizarse constantemente.
La Evaluación de Riesgos debe revisarse:
- Cuando cambien las condiciones de trabajo (nueva maquinaria, nuevos procesos, cambio de local).
- Cuando se detecten daños para la salud (tras un accidente).
Si la documentación no refleja la realidad de tu establecimiento, es como si no existiera, y te expondrás a sanciones. Te ofrecemos asistencia para el mantenimiento periódico de tu Plan.
4. ¿Qué ocurrirá si tengo una Inspección de Trabajo y solicitan documentación?
La Inspección de Trabajo solicitará inmediatamente tu Evaluación de Riesgos y tu Plan de Prevención. Si no los tienes o no están correctos, se iniciará un expediente sancionador.
Nuestra asistencia en la implantación te proporciona los documentos clave listos para ser presentados. Además, te asesoramos sobre el protocolo a seguir durante la inspección para defender tu cumplimiento.
5. ¿Es obligatoria la formación en Prevención de Riesgos Laborales?
Sí, es obligatoria. Tienes el deber legal de informar y formar a tus trabajadores sobre los riesgos específicos de su puesto de trabajo.
Nuestra asistencia incluye la elaboración de los protocolos de formación e información necesarios, asegurando que cumples con la obligación de capacitar a tus empleados en materia de prevención.
6. ¿Qué ocurrirá si algún trabajador sufre un accidente o si una trabajadora se queda embarazada?
- Accidente: Debes haber implementado el Plan de Emergencia y contar con un protocolo de investigación de accidentes. La falta de documentación y formación puede agravar tu responsabilidad legal y penal.
- Embarazo: La ley exige una Evaluación específica de Riesgos para el puesto de la trabajadora embarazada o en periodo de lactancia. Si existe riesgo, debes adaptar el puesto o cambiarla de funciones. Nuestra asistencia te prepara para gestionar estos casos críticos cumpliendo rigurosamente la ley.
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