Existen determinados cursos que son obligatorios para las empresas en 2026. Por ello, la formación de la plantilla es una de las principales responsabilidades que las organizaciones deben tener en cuenta durante este año.
Las obligaciones formativas varían según la actividad, el sector, el tamaño de la empresa y los puestos de trabajo. Por tanto, cada organización deberá impartir las formaciones que le correspondan y asegurarse de cumplir en todo momento con la normativa vigente.
Por tanto, no existe un listado único de normativas obligatorias aplicable por igual a todas las empresas. Algunas formaciones afectan prácticamente a cualquier negocio con personal contratado, mientras que otras solo son exigibles en determinados sectores o puestos de trabajo.
En esta guía explicamos qué cursos pueden ser obligatorias para las empresas en 2026, quién debe realizarlos y qué aspectos conviene revisar para evitar incumplimientos.
Prevención de Riesgos Laborales
Todas las empresas que han contratado personal tienen que proporcionar la formación necesaria así como garantizar que sus trabajadores cumplan la Prevención de Riesgos Laborales.
La formación debe estar adaptada a los riesgos específicos de cada puesto. Esto significa que no todas las personas trabajadoras tienen que realizar exactamente el mismo curso, ya que los contenidos dependerán de las funciones que desempeñen, los equipos que utilicen y los riesgos a los que estén expuestas.
¿Puede una empresa gestionar internamente la Prevención de Riesgos Laborales?
El empresario puede asumir personalmente determinadas funciones preventivas cuando la empresa tenga hasta 10 personas trabajadoras o hasta 25 si dispone de un único centro de trabajo.
Para ello, también será necesario que la actividad no esté incluida entre las consideradas de especial peligrosidad, que el empresario trabaje habitualmente en el centro y que cuente con la formación preventiva adecuada.
Cuando no se cumplan estas condiciones, la empresa deberá recurrir a otra modalidad de organización preventiva, como la contratación de un Servicio de Prevención Ajeno.
La vigilancia de la salud no puede ser asumida directamente por el empresario y debe gestionarse mediante una empresa de prevención acreditada que pueda realizar los reconocimientos médicos laborales.
¿Cómo Innaforem ayuda a las empresas a cumplir con la PRL?
En Innaforem ofrecemos un servicio de asistencia técnica para ayudar a las empresas a implantar correctamente la Prevención de Riesgos Laborales de una forma práctica, eficiente y adaptada a su actividad para empresas de hasta 10 personas trabajadoras, o hasta 25 cuando exista un único centro.
Nuestro equipo analiza las características del negocio, los puestos de trabajo, las instalaciones, la maquinaria y los materiales utilizados para identificar las obligaciones preventivas aplicables.
A partir de este análisis, ayudamos a preparar la documentación necesaria, como el Plan de Prevención, la evaluación de riesgos por puestos, el Plan de Emergencia, las fichas informativas, los protocolos de coordinación empresarial y los registros relacionados con los equipos de protección y la formación de la plantilla.
También proporcionamos la formación preventiva inicial necesaria para que tanto el empresario como las personas trabajadoras conozcan los riesgos de su actividad y sepan cómo actuar.
En Innaforem gestionamos todo el proceso por ti, coordinando tanto el Servicio de Prevención Ajeno como la vigilancia de la salud de tu plantilla con una empresa especializada y acreditada, que será la encargada de prestar el servicio y realizar los reconocimientos médicos correspondientes.
¿Tienes actualizada la Prevención de Riesgos Laborales de tu empresa? En Innaforem revisamos tu situación y te ayudamos a preparar la documentación y la formación necesaria para cumplir con la normativa y afrontar una posible Inspección de Trabajo.
Desconexión Digital
Todas las empresas con personas trabajadoras deben respetar su derecho a la desconexión digital y elaborar una política interna que establezca cómo se aplicará este derecho dentro de la organización.
La política debe garantizar que, una vez finalizada la jornada laboral, las personas trabajadoras puedan disfrutar de sus descansos, permisos y vacaciones sin tener que responder llamadas, correos electrónicos o mensajes relacionados con el trabajo.
¿Es obligatorio realizar un curso de Desconexión Digital?
La normativa no establece un curso oficial con una duración o un contenido determinado. Sin embargo, sí obliga a la empresa a desarrollar acciones de formación y sensibilización sobre el uso razonable de las herramientas tecnológicas.
Por tanto, no es suficiente con redactar y guardar una política de desconexión digital.
La empresa debe comunicarla a la plantilla, explicar cómo debe aplicarse y formar al personal sobre las normas de comunicación interna.
Estas acciones deben dirigirse a toda la plantilla, incluidas las personas que ocupan puestos directivos o de responsabilidad.
Los cursos para implantar la Desconexión Digital
En Innaforem ayudamos a las empresas a elaborar e implantar su Política de Desconexión Digital, adaptándola a su actividad, horarios, sistemas de comunicación y organización del trabajo.
Para ello, ofrecemos el curso Desconexión digital: gestión y normativa, una formación online de 60 horas dirigida especialmente a responsables de empresa, personal de Recursos Humanos y profesionales encargados de diseñar, aplicar y supervisar estas medidas.
La formación es bonificable a través de FUNDAE y permite adquirir los conocimientos necesarios para aplicar una política de desconexión digital de forma práctica, prevenir los riesgos psicosociales relacionados con la hiperconectividad y promover una cultura laboral más saludable.
Protección de Datos
Todas las empresas y personas autónomas que traten datos personales de clientes, personas trabajadoras, proveedores o usuarios deben cumplir con la normativa de protección de datos.
¿La formación en protección de datos es obligatoria para todas las empresas?
La ley no establece un curso oficial y obligatorio con una duración determinada para todas las empresas. Lo que sí debe garantizar la organización es que las personas que acceden a datos personales conozcan y apliquen correctamente las medidas de seguridad, confidencialidad y protección de la información.
¿Es suficiente con realizar un curso de protección de datos?
La formación es una parte importante del cumplimiento, pero la empresa también debe implantar las medidas y preparar la documentación exigida según los tratamientos de datos que realice.
La empresa tiene que cumplir con la Protección de Datos si trabaja con datos de personas al contar con una web, una tienda online, un sistema de videovigilancia,
La formación para implantar la Protección de Datos
En Innaforem puedes cumplir con la normativa a través del curso de Ley de Protección de Datos: Normativa e Implantación, una formación online de 60 horas dirigida a responsables de empresas, personal de Recursos Humanos, administrativos, consultores, técnicos IT, profesionales de marketing digital, autónomos y personas encargadas del tratamiento de datos.
A lo largo del curso se trabajan aspectos clave como el RGPD, la LOPDGDD, el registro de actividades de tratamiento, la gestión del consentimiento, los derechos de las personas interesadas, las relaciones con encargados del tratamiento, las medidas de seguridad, la gestión de brechas de datos, la videovigilancia, el control laboral y el régimen sancionador.
Esta formación permite adquirir una visión práctica para implantar correctamente la normativa de protección de datos en empresas y organizaciones, reforzando la seguridad de la información y la responsabilidad proactiva.
Acoso Laboral
¿Es obligatorio tener un protocolo de acoso laboral en todas las empresas?
Todas las empresas con al menos una persona trabajadora deben promover un entorno laboral seguro, respetuoso y libre de acoso. Para ello, deben contar con medidas de prevención y actuación frente a posibles situaciones de acoso laboral, acoso sexual y acoso por razón de sexo.
La obligación de contar con un protocolo de acoso laboral no depende del tamaño de la empresa. Aunque exista un solo trabajador, la empresa debe disponer de un procedimiento claro para prevenir, comunicar, investigar y resolver cualquier posible situación de acoso.
¿Quién debe recibir formación sobre el protocolo de acoso?
La empresa debe comunicar el protocolo a la plantilla, dejar constancia de su entrega o difusión y asegurarse de que las personas responsables de gestionar una posible denuncia conocen el procedimiento que deben seguir.
El protocolo debe incluir, entre otros aspectos, el canal de denuncia, las garantías de confidencialidad, los plazos de actuación, la composición de la comisión u órgano instructor y las fases del proceso de investigación y resolución.
El protocolo de acoso debe designar las personas encargadas para tramitar las denuncias, las cuales deben de recibir una formación más especifica para actuar correctamente, respetando plazos y garantizar la confidencialidad.
La formación para poder implantar el protocolo de acoso
Con el curso de Gestión de protocolos de acoso, violencia sexual e igualdad lgtbi en el entorno laboral podrás elaborar e implantar el Protocolo de Acoso Laboral, Sexual y por Razón de Sexo, adaptándolo a su actividad, tamaño de plantilla y convenio colectivo aplicable.
En Innaforem incluimos el asesoramiento para definir la comisión u órgano instructor, la redacción del protocolo, la preparación de la documentación necesaria y la asistencia para su comunicación e implantación en la empresa.
Además, ofrecemos formación inicial para que la Dirección o las personas responsables de gestionar el protocolo sepan cómo actuar ante una denuncia y puedan cumplir correctamente con el procedimiento establecido.
De esta forma, la empresa no solo dispone de un documento, sino de un protocolo implantado, comunicado y preparado para actuar con seguridad ante una posible situación de acoso.
Registro de Jornada Laboral
Todas las empresas con personas trabajadoras deben garantizar el registro diario de la jornada laboral, independientemente de su tamaño, sector o modalidad de trabajo.
¿Es obligatorio el registro de jornada laboral para todas las empresas?
Este registro debe reflejar cada día la hora concreta de inicio y finalización de la jornada de cada persona trabajadora. Además, la empresa debe conservar los registros durante cuatro años y mantenerlos disponibles para las personas trabajadoras, su representación legal y la Inspección de Trabajo.
La obligación de registrar la jornada se mantiene tanto en el trabajo presencial como en el trabajo a distancia o híbrido.
Aún pueden utilizarse los registros en papel o en hojas de cálculo, aunque no es lo más recomendable ya que pueden generar errores y perdidas de información.
Por este motivo, cada vez más empresas optan por plataformas digitales que centralizan el control horario, las entradas y salidas, las pausas, las ausencias y las incidencias.
En Innaforem te ayudamos con el registro de jornada laboral
En Innaforem implantamos y gestionamos el registro horario de tu empresa mediante una plataforma digital sencilla y adaptada a las necesidades de cada organización.
Nuestro servicio permite centralizar en un único sistema las entradas, salidas, pausas, incidencias, vacaciones, bajas y ausencias, evitando registros dispersos en papel, hojas de cálculo o herramientas poco seguras.
La plataforma permite fichar desde móvil o navegador, configurar horarios, centros de trabajo, departamentos, calendarios laborales y márgenes de entrada y salida. Además, facilita la descarga de informes mensuales y anuales para que la empresa pueda acreditar el cumplimiento de la normativa cuando sea necesario.
Cumplir con la normativa no consiste únicamente en realizar un curso o disponer de un documento guardado. Cada empresa debe revisar qué obligaciones le afectan según su actividad, plantilla, sector, organización interna y puestos de trabajo.
En Innaforem te ayudamos a identificar qué formaciones, protocolos y servicios necesita tu empresa para cumplir con la normativa vigente en materia de Prevención de Riesgos Laborales, desconexión digital, protección de datos, protocolo de acoso y registro de jornada laboral.
